Me refiero al que
sufren los presos políticos que mantiene el régimen en varias cárceles del país
pero, especialmente —y en razón de la amistad que me une a un par de ellos—, al
cual están sometidos los que están recluidos en Ramo Verde por la connivencia
dolosa entre quienes mangonean desde Miraflores y ciertos jueces y magistrados
a los cuales se les nota a la legua su rojo-rojismo. Sin la complicidad necesaria de estos en mala
hora togados, quienes hoy sufren injusta prisión estuviesen en libertad porque
no se les ha podido imputar delito alguno.
Con el añadido de que para meterlos en la ergástula se violaron tanto
derechos constitucionales como principios generales del derecho. Lo que hace más grave las responsabilidades
que, de cara al futuro, se les podrá arrostrar en algún tribunal de
verdad-verdad.
Aunque lo que
quiero resaltar hoy es la crueldad de mantener aislado por tiempo indefinido a
cualquier ser humano, no está demás que revisemos estos principios y derechos
que les han sido violados a quienes se encuentran enrejados en el tope de un
cerro mirandino. Para empezar —en su
afán de ventajismo sectario, no de justicia—, los magistrados se pasaron por
las verijas (me imagino que las magistradas, por sus pulposos y bien recortados
mons veneris) varios artículos de la
Constitución. Por ejemplo: el Art. 44, que
establece el derecho a ser juzgado en libertad; el Art.46, que prohíbe que
persona alguna sea “sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o
degradantes”; y el Art. 49, que ordena que el debido proceso sea aplicado en
todas las actuaciones judiciales, cuando la verdad es que en la fulana Sala
dizque Constitucional lo que se cometió fue un juicio express, actuando con ultra petita y extra petita, violando los principios del juez natural, arrogándose
el papel de tribunal de excepción y ejerciendo funciones que no tienen
atribuidas —todas ellas, cosas prohibidas por la “mejor Constitución del
mundo”, según el de cuius de finales
del 2012. De ñapa, desoyendo lo que
establece el Código Procesal Penal acerca de
cómo se pagan las puniciones —y yendo contra otro artículo de la
Constitución, en este caso el 272—, aunque los hoy recluidos llenan todos los
extremos legales para gozar de la suspensión de condenas, decidieron no aplicar
las “fórmulas de cumplimiento de la pena no privativas de libertad”, siendo que
estas “se aplicarán con preferencia a las
medidas de
naturaleza reclusoria”.
Ahora hablemos de lo cruel del aislamiento. Me consta que no tienen los mismos derechos que tienen los demás presos de Venezuela, inclusive los sicarios más sanguinarios. Me fui hace un par de semanas hasta Ramo Verde para tratar de llevarles algo de compañía al alcalde Scarano y al comisario Lucchese; pero, por sobre todo, para darle el pésame a este último dado que su padre murió a los pocos días de saber que su hijo estaba encarcelado. Fui atendido muy atenta y correctamente por el director del establecimiento penitenciario, pero fue también muy afirmativo en su rechazo a que, siquiera, pudiera darle un abrazo al recién huérfano. Después, por lo que se lee en la prensa y por lo que me han informado las esposas de los inicuamente privados de libertad, me he enterado que sufren del aislamiento más riguroso; que solo pueden hablar con sus abogados y sus familiares más inmediatos, y eso, únicamente en contados días; que solo pueden bajar al patio a tomar sol unos veinte minutos al día, del resto, están en solitario; que ninguna forma de comunicación oral o escrita con el exterior les está permitida. Si eso no es una crueldad innecesaria, ustedes díganme qué es.
Ahora hablemos de lo cruel del aislamiento. Me consta que no tienen los mismos derechos que tienen los demás presos de Venezuela, inclusive los sicarios más sanguinarios. Me fui hace un par de semanas hasta Ramo Verde para tratar de llevarles algo de compañía al alcalde Scarano y al comisario Lucchese; pero, por sobre todo, para darle el pésame a este último dado que su padre murió a los pocos días de saber que su hijo estaba encarcelado. Fui atendido muy atenta y correctamente por el director del establecimiento penitenciario, pero fue también muy afirmativo en su rechazo a que, siquiera, pudiera darle un abrazo al recién huérfano. Después, por lo que se lee en la prensa y por lo que me han informado las esposas de los inicuamente privados de libertad, me he enterado que sufren del aislamiento más riguroso; que solo pueden hablar con sus abogados y sus familiares más inmediatos, y eso, únicamente en contados días; que solo pueden bajar al patio a tomar sol unos veinte minutos al día, del resto, están en solitario; que ninguna forma de comunicación oral o escrita con el exterior les está permitida. Si eso no es una crueldad innecesaria, ustedes díganme qué es.
El aislamiento es incompatible
con la naturaleza social del hombre y entraña un sufrimiento cruel para nada conforme
con la fulana “proporcionalidad entre el delito cometido y la pena impuesta” de
la que hablan todos los textos de derecho y todas las normas de países
civilizados. Con el añadido de que estos
presos no cometieron delito alguno que haya sido sentenciado firmemente por un
tribunal penal. El aislamiento, en
países con autoridades más serias que las que padecemos actualmente, se impone
solo como medida correctiva, y eso solamente por pocos días; no como una
decisión injustificada aplicada desde el momento mismo del ingreso en la
cárcel. De hecho, aunque la Ley de Régimen Penitenciario que nos dejó el
sabanetense fenecido establece que: ”Las disposiciones de la presente ley serán
aplicadas a los penados sin diferencias ni discriminación alguna…”, los presos
políticos de Ramo Verde tienen menos derechos que los pranes más violentos y
los asesinos más envilecidos, que reciben visitas de amigos (inclusive de
bichas de aquellas), que conviven en el patio y los pabellones, que tienen
celulares y que hasta mangas de coleo han puesto dentro de las penitenciarías.
Más adelante, el mismo texto citado establece que entre las sanciones disciplinarias
está la “Reclusión en la propia celda, hasta por treinta días”. ¡Pero estos llevan más de dos meses! Y su comportamiento no deja nada que desear,
por lo que tampoco puede haber surgido de una sanción disciplinaria. Solo el resentimiento social y el
encarnizamiento político de los esbirros miraflorinos —acolitados por los
juristas del horror, que no se nos olvide—son los que originan tan aberrante medida…
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